Nuestro equipo gestiona todo el procedimiento para que tus familiares puedan residir legalmente contigo en España.
Si eres ciudadano de la Unión Europea y resides en España, puedes traer a vivir contigo a tus familiares cercanos bajo el régimen comunitario.
Este procedimiento permite a tu cónyuge, pareja registrada, hijos o ascendientes obtener la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la UE.
En Servicios Extranjería nos encargamos de todo: solicitud, revisión de documentos, acompañamiento y presentación ante la administración.
Esta vía de reagrupación está diseñada para proteger el derecho a la vida familiar de los ciudadanos europeos en España.
Analizamos tu caso y realizamos todo el trámite con rapidez y seguridad.
Ciudadanos de la UE, del EEE o de Suiza con residencia establecida en España.
Menos requisitos que el régimen general. Gestión ágil con derecho a trabajar desde el primer día.
Cónyuge o pareja registrada, hijos menores o a cargo, y ascendientes a cargo.
Una vez aprobado, el familiar obtiene una tarjeta de residencia válida por 5 años.
Puedes reagrupar a tu cónyuge o pareja registrada, hijos menores o mayores a cargo, y ascendientes (padres o suegros) si están económicamente a tu cargo.
No se exige una cantidad fija como en el régimen general, pero sí se evalúa que el ciudadano europeo disponga de recursos económicos suficientes para mantenerse y mantener a su familia sin recurrir a ayudas públicas.
Sí. Una vez obtienen la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la UE, tienen derecho a trabajar por cuenta ajena o propia desde el primer día.
El plazo máximo de resolución es de 3 meses desde la presentación de la solicitud, aunque en muchos casos puede resolverse antes si el expediente está completo.
Sí. Las parejas registradas en un registro oficial (como el de uniones estables o parejas de hecho) tienen los mismos derechos que los cónyuges en materia de reagrupación