Te orientamos en todo el proceso de arraigo familiar, desde la documentación hasta la resolución favorable.
El arraigo familiar permite obtener una autorización de residencia por circunstancias excepcionales si se tiene un vínculo directo con ciudadanos españoles o residentes legales.
Es una vía clave para personas extranjeras que desean regularizar su situación y establecerse legalmente en el país junto a su núcleo familiar.
En Servicios Extranjería gestionamos tu caso con rapidez y precisión, minimizando errores y evitando retrasos administrativos.
El arraigo familiar se aplica a quienes tienen familiares directos españoles o residentes en España.
Por ejemplo, madre o padre de menor español, hijos dependientes o familiares con discapacidad a cargo.
Nuestro equipo estudia tu caso y te asesora para presentar un expediente sólido y completo.
Personas extranjeras con padre, madre o hijo menor de nacionalidad española, o que dependan de familiares residentes en España.
Acreditar el vínculo familiar, residencia en España y ausencia de antecedentes penales en los últimos 5 años.
Se concede una residencia por circunstancias excepcionales, válida por 1 año y prorrogable según cada situación.
Preparamos toda la documentación, presentamos la solicitud telemática y realizamos el seguimiento hasta la resolución.
Es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales destinada a personas extranjeras que tienen vínculos familiares directos con ciudadanos españoles o residentes legales en España.
Normalmente se concede por un año, aunque puede renovarse según el tipo de vínculo familiar y la situación del solicitante.
No siempre. A diferencia de otros tipos de arraigo, en muchos casos no se exige una estancia previa mínima en España.
Pasaporte, certificado de nacimiento u otro documento que acredite el vínculo, empadronamiento, antecedentes penales y prueba de residencia en España.
El plazo legal es de 3 meses, pero puede variar según la carga de trabajo de la oficina de extranjería correspondiente